Aprobadas las ayudas al alquiler de vivienda habitual para colectivos vulnerables por impacto del COVID-19

15 Mayo 2020
Jorge

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población para la aprobación del gasto derivado de la convocatoria del programa de ayudas destinadas a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas para atender el pago parcial o total del alquiler, por un importe de un millón de euros con cargo al ejercicio presupuestario de 2020. Estas ayudas son financiadas con fondos estatales.

El programa de apoyo para el pago del alquiler consistirá en una ayuda directa máxima de 500 euros otorgada durante 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad la del mes de abril de 2020. El importe de las subvenciones deberá destinarse íntegramente a la finalidad del pago del alquiler. La ayuda se pagará de una sola vez.

El pago de la ayuda se hará directamente al arrendador o a la entidad bancaria acreedora que haya efectuado el préstamo en el caso de haberse acudido a la línea de avales de arrendamiento COVID-19 de los préstamos ICO. La ayuda se abonará directamente al solicitante por aquellas mensualidades de las que haya satisfecho la renta al arrendador, previa aportación de los justificantes del abono de alquiler.

Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas de cualquier administración pública, entidades públicas, organizaciones no gubernamentales o asociaciones concedidas para esta finalidad, siempre que no se supere el límite de 500 euros al mes.

Los solicitantes de las ayudas, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual, deben acreditar estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19.

Los beneficiarios deberán cumplir que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria, no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM),.1.613,52 euros. Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental. Este límite se aumentará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.

El límite de ingresos se incrementará en caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar o la persona que tenga que pagar la renta arrendaticia tenga declarada alguna discapacidad, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral.

El plazo de presentación de las solicitudes de subvención se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y concluirá el 30 de septiembre de 2020. Mientras dure el estado de alarma, las solicitudes solo estarán disponibles a partir del inicio del plazo de presentación en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja en la dirección https://www.larioja.org/ a través de un formulario web.

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