Fiscal
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Somos dos hermanos que vamos a constituir una Empresa de construcción con varios trabajadores, y un pabellón alquilado. ¿Qué tipo de Sociedad nos interesa, Sociedad civil, o Sociedad Limitada?
Desde el uno de Enero de 2016, las sociedades civiles tienen el mismo tratamiento fiscal que las Sociedades Limitadas, ya que están sujetas al Impuesto de sociedades. La mayor diferencia es que el tipo de contrato de Asociación puede ser público (Sociedad Limitada) o privado (Sociedad civil). El asunto es muy complejo y es conveniente consultar con un experto fiscal que indique todas las ventajas e inconvenientes de cada una de ellas.
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Tengo una tienda de comestibles ¿Me interesa declarar en estimación Objetiva (Módulos) o en estimación directa? ¿Puedo salirme del sistema de recargo de equivalencia?
El sistema de tributación en Estimación Objetiva (Módulos) es mucho más sencillo, pero también puede resultar el más injusto, ya que cotiza por una serie de parámetros que nos calcularan nuestro rendimiento fiscal sin tener en cuenta nuestro rendimiento real. Siempre hay que calcular lo que nos supone la cotización en Módulos y lo que realmente estamos obteniendo de beneficios. Que el sistema sea más sencillo no quiere decir que no nos salga más caro.
En todos los casos cuando el titular del negocio es persona física y la actividad es comercio al por menor, el Régimen de tributación de IVA es el de Recargo de equivalencia. No están sujetos a este Régimen, las Sociedades que estarían encuadradas dentro del Régimen General de IVA.
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¿Qué tipo de IVA tengo que aplicar en las ventas intracomunitarias?
Previa Alta en el censo fiscal como Operador intracomunitario, todas las operaciones de entregas o adquisiciones entre Empresas de la Unión Europea se realizarán sin IVA, de tal forma que el Impuesto sea liquidado por la Entidad que recibe la mercancía según el IVA de cada uno de los países miembros.
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¿Se pueden aplazar los pagos a Hacienda por declaraciones presentadas en tiempo y forma?
SI. Excepto las declaraciones correspondientes a retenciones a trabajadores, arrendamientos o profesionales, el resto se puede aplazar. Es necesario presentar la declaración junto con la solicitud de aplazamiento. Las garantías que nos pida la Agencia Tributaria para el aplazamiento dependerán de la cantidad solicitada y el periodo del pago.
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¿Qué deducciones puedo aplicar en el Impuesto de Sociedades?
Todos los años, son publicadas las deducciones y desgravaciones para el año en curso o el próximo ejercicio. Normalmente todas las desgravaciones y deducciones son aprobadas en los Presupuestos Generales del Estado, aunque en algunas ocasiones también son aprobadas algunas para aplicar en el año en curso.
Las desgravaciones y deducciones dependen en gran medida del tamaño de la Empresa, pequeña, mediana o gran Empresa, y en general se aplican por creación o mantenimiento del Empleo, y por la inversión en Activos fijos nuevos e inversiones en I+D+I El Impuesto de Sociedades es un impuesto muy complejo que requiere control y asesoramiento permanente durante todo el Ejercicio para poder aplicar todas las deducciones a la hora de su presentación.
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Mi mujer y yo acabamos de hacer testamento. ¿Pagaremos menos impuestos en el caso del fallecimiento de alguno de nosotros que si no lo tuviéramos?
El Impuesto sobre Sucesiones que se paga cuando heredamos, es un impuesto de las Comunidades Autónomas y es distinto en cada una de ellas. Se ha de pagar en la Comunidad autónoma que resida el causante. Se paga según el grado de parentesco que una al fallecido con los herederos.
EL IMPUESTO DE SUCESIONES ES IGUAL SI SE TIENE O NO TESTAMENTO, AUNQUE LA TRAMITACION ES MAS SENCILLA Y ES MUY CONVENIENTE PARA PODER APLICAR NUESTRAS ULTIMAS VOLUNTADES.
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¿Cómo debo de asegurar mi Empresa? ¿Qué coberturas debo contratar?
Nuestras empresas en la mayoría de los casos son nuestro medio de vida, y ha costado muchos esfuerzos el hacerla y mantenerla. Es aconsejable que a la hora de contratar una póliza de seguros, nos dejemos aconsejar por un Mediador de Seguros, que nos planteará las coberturas más adecuadas a cada tipo de negocio. Si la póliza está bien contratada no habrá problemas en el caso de un siniestro.
Seguros
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¿Quién es el beneficiario en un seguro de Vida?
Los beneficiarios en un Seguro de Vida, son los que designen el asegurado, y no tienen por qué coincidir con sus herederos.
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¿Quién tiene que hacerse cargo de los daños ocasionados por un incendio en una cocina en un piso alquilado?
Cuando el siniestro lo provoca el inquilino, que estaba cocinado y ha provocado un incendio, el responsable es el inquilino y por lo tanto deberá tener cubierta la garantía de Responsabilidad civil frente al propietario para hacer frente a estos casos.
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¿Se puede contratar la Responsabilidad civil patronal, para que en el caso de que la Empresa resulte responsable de un accidente laboral, sea la Compañía Aseguradora la que cubra con los gastos?
SI, La Compañía se haría cargo de la indemnización que le correspondiera en su caso por la negligencia de la Empresa. No se podrían asegurar las sanciones que en todo caso las pagaría la Empresa.
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¿Cuándo es rentable o recomendable suscribir un Plan de Pensiones, o un Plan de Previsión Asegurado?
Este tipo de productos son desgravables en la Declaración de la Renta, y en el momento del cobro se han de incluir asimismo como ingreso en ese Impuesto. Cada persona tiene su particularidad y lo recomendable es asesorarse con un mediador de Seguros, que le aconsejará el tipo de producto y la cantidad a invertir todos los años en función de sus ingresos, su situación personal y la edad.
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¿Qué ventajas tienen los Fondos de inversión, sobre las imposiciones a plazo?
Los Fondos de inversión son productos financieros que tienen una rentabilidad mayor menor en función del riesgo que se asume. En este momento las Imposiciones a plazo fijo tanto de Banca, como de Compañías de Seguros, como de Deuda pública, están dando en algunos casos rendimientos negativos y hay que pagar por tenerlos en esos tipos de inversión. Todos los expertos aconsejan suscribir fondos de Inversión, por supuesto por gestoras de reconocido prestigio.
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¿Por qué hay tanta diferencia en los precios de los Seguros entre las compañías de Seguros, para supuestamente cubrir el mismo riesgo?
Cada Compañía de Seguros tiene distintas coberturas para cubrir el mismo riesgo. También es distinta la tramitación a través de un mediador de Seguros, o a través de Internet, que reduce considerablemente los costes externos, pero obliga a los Asegurados a gestionar todos sus siniestros y Pólizas sin saber a quién dirigirse en caso de contratación o de siniestralidad. Los Mediadores de Seguros aconsejan y resuelven todos los problemas que el Asegurado pueda tener, y siempre de manera directa y personal.
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¿Si contrato ahora una Póliza de Vida y dentro de seis meses se me diagnostica una enfermedad grave, la Compañía puede anular esa póliza o no hacerse cargo de la indemnización que pudiera corresponder?
Cuando se suscribe un Seguro de Vida es obligatorio rellenar un cuestionario de salud, o hacerse un reconocimiento médico dependiendo de los capitales a asegurar. Si el Asegurado no sabe que tiene un problema médico, y se le diagnostica después de realizar la Póliza la compañía se hará cargo de la indemnización. Tampoco la Compañía puede anular la Póliza en las renovaciones anuales, por haberse agravado la salud después de la contratación, pero siempre que el asegurado o tomador de la Póliza no fuera consciente de un problema médico no declarado.
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¿Qué es un SIALP?
Un SIALP (SEGURO INDIVIDUAL A LARGO PLAZO), es un producto de ahorro sistemático con capital garantizado al 100% (en algunas compañías) y que si se mantiene al menos durante cinco años, sus rendimientos están exentos de tributación. Al ser un producto fiscal tiene unas limitaciones, tanto en la cantidad (5.000 € persona/año), como en la cantidad (solo uno por persona)
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En caso de baja por enfermedad ¿Quién se hace cargo?
En los supuestos de enfermedad común o de accidente no laboral, el abono del subsidio entre los días 4 a 15 de baja en el trabajo, ambos inclusive, se atribuye al empresario. A partir del día 16 de baja, la responsabilidad del abono incumbe al INSS, ISM o a la Mutua, en su caso, aun cuando la materialidad del pago se continúe llevando a cabo en concepto de pago delegado por el mismo empresario.
Laboral
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¿Cuántos días hay de plazo para tramitar un alta?
Previo al inicio de la relación laboral hasta 60 días naturales antes.
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¿Cuántos días hay de plazo para tramitar bajas y variaciones?
3 días naturales.
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¿Qué plazo hay para reclamar contra un despido?
El plazo para interponer una demanda por despido es de 20 días hábiles, a contar desde el primer día hábil siguiente a aquel en el que el empresario decide prescindir del trabajador, haciéndoselo saber mediante la obligatoria entrega de una carta de despido.
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¿Qué plazo hay para reclamar contra un despido?
El plazo para interponer una demanda por despido es de 20 días hábiles, a contar desde el primer día hábil siguiente a aquel en el que el empresario decide prescindir del trabajador, haciéndoselo saber mediante la obligatoria entrega de una carta de despido.
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¿Qué duración puede tener un contrato para obra o servicio determinado?
Estos contratos no pueden tener una duración superior a tres años, prorrogables por doce meses mediante convenio colectivo. Una vez transcurrido ese plazo el trabajador adquirirá la condición de trabajador fijo de la empresa, sucediendo lo mismo en caso de sucesión o subrogación empresarial.
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¿Qué clase de contratos temporales hay?
Actualmente existen una serie de supuestos tasados en los que cabe que una empresa otorgue un contrato de duración determinada y son:
- El contrato para obra o servicio determinado.
- El contrato eventual por circunstancias de la producción (circunstancias del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos).
- El contrato de interinidad (para sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo).
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¿Quién está obligado a cotizar?, ¿quién es responsable del ingreso de las cotizaciones?
La obligación de cotizar por el trabajador se comparte entre el trabajador mismo y el empresario, debiendo satisfacer cada uno sus cuotas correspondientes; en lo que respecta a las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales la obligación es en exclusiva del empresario al igual que la cotización a efectos del Fondo de Garantía Salarial.
El empresario es, en cambio, el único responsable del ingreso de la cuota obrera y de la cuota patronal, de modo que podrá descontar del salario a percibir por el trabajador el importe de la cotización a su cargo, constando en nómina, y proceder a hacer el ingreso de la totalidad.
Hay que tener en cuenta las excepciones a estas reglas generales como las que se plantean en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, en el caso de los representantes de comercio, en el de aquellos sujetos que han suscrito Convenio Especial con la Seguridad Social, o en el de aquellos trabajadores que se encuentran en situación de desempleo.
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¿En qué consiste la tarifa reducida para los contratos indefinidos?
Consiste en una bonificación para contratos indefinidos celebrados entre el 1 de marzo de 2015 y 31 de agosto de 2016. Si la contratación es a tiempo completo, los primeros 500 euros de la base mensual correspondiente a contingencias comunes correspondiente a cada mes quedarán exentos de cotización empresarial. La bonificación o reducción se aplicará durante un período de 24 meses. En el caso de empresas con menos de diez trabajadores la medida se prolongará durante 12 meses más, quedando exentos durante este último período de la aplicación del tipo de cotización los primeros 250 euros de la base de cotización o la cuantía que proporcionalmente corresponda en los supuestos de contratación a tiempo parcial.
Los requisitos que debe cumplir la empresa son: Celebrar contratos indefinidos que supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de la empresa. Mantener durante un periodo de 36 meses, a contar desde la fecha de efectos del contrato indefinido con aplicación de la reducción, tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado, al menos, con dicha contratación.
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¿Qué requisitos hay que cumplir para poder cobrar prestación por desempleo?
Encontrarse en situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo, haber cotizado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. No haber cumplido la edad ordinaria de cotización y no cobrar una pensión de la Seguridad Social que sea incompatible con el trabajo.
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¿Actualmente cuál es la edad ordinaria de jubilación?
La edad de jubilación ira aumentando gradualmente hasta alcanzar la edad de 67 años en 2027, cuando se acrediten menos de 38 años y 6 meses de cotización y de 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses o más de cotización.
En el año 2015 la edad de jubilación será 65 años cuando se acrediten 35 años y 9 meses o más de cotización y de 65 años y 3 meses cuando se acrediten menos de 35 años y 9 meses.
Para el año 2016 será de 65 años 36 años o más de cotización y de 65 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 36 años.
La edad mínima puede ser rebajada o anticipada, sólo para trabajadores en alta o en situación asimilada a la de alta, en determinados supuestos especiales:
- Jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista.
- Jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista.
- Jubilación parcial.
- Jubilación especial a los 64 años, para quienes resulte de aplicación la legislación anterior a 1-1-2013, de conformidad con lo establecido en la disposición final 12.2 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.
- Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
- Jubilación flexible.
- Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
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