Principales novedades para la declaración de la renta 2015

22 Abril 2016
Jorge
Os dejamos las novedades que hay que tener en cuenta a la hora de preparar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2015. El último día de plazo para presentar la declaración será el próximo 30 de junio.

Obligados a presentar declaración Renta

Todos aquellos contribuyentes que hayan superado  en el año 2015 alguno de los siguientes rendimientos:

  • Rendimientos del trabajo igual o superiores a 22.000€ anuales.
  • Rendimientos del trabajo igual a superior a 12.000€ anuales, cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restante pagador superen en su conjunto la cantidad de 1.500€ anuales.
  • Rendimientos íntegros del capital mobiliario superiores a 1.600€ anuales.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro o subvenciones por un importe superior a 1.000€ anuales.

Exenciones

Están exentas de tributación los siguientes rendimientos:

  •  Becas de Estudio e investigación.
  •  Planes de Ahorro a largo Plazo (SIALP).
  •  Prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad por aportaciones a los sistemas de previsión social.
  •  Renta mínima de inserción o análogas.
  •  Ayuda victimas delitos violentos .
  •  Dividendos: se suprime la exención de 1.500€ anuales para dividendos.

Reducción de tramos y tipos

  •  El número tramos para el cálculo del importe a pagar en el IRPF se han reducido de 7 a 5. El tipo mínimo a aplicar en La Rioja es del 19% y el máximo del 46%, para los rendimientos que excedan de 60.000€.
  •  El tipo ha bajado considerablemente en este Ejercicio, aunque  de manera desigual, por lo general, baja más en las rentas inferiores a 20.000€, y por encima de los 120.000€ y afecta menos a las rentas medias, entre 20.000 € y 33.000€.

Rendimientos del trabajo

  •  Los rendimientos que tengan un periodo de generación superior a dos años se reducen del 40% al 30%.
  •  Gastos deducibles: Desaparece la reducción  general  de 2.652€. Se aprueba un gasto deducible de 2.000 € con carácter general, que aumenta a 5.700€ para sueldos inferiores a 11.450€.
  •  Se mantiene la exención por despido o cese del trabajador, siempre y cuando no superen las cantidades máximas para cada tipo de despido, hasta un límite de 180.000€.

Rendimientos del capital inmobiliario

  • Desaparece la reducción del 100% que se aplicaba sobre los ingresos de alquiler de vivienda cuando el arrendatario tenía entre 18 y 30 años. Se mantiene la reducción del 60% sobre los rendimientos netos para todos los casos.
  • Reducción por rendimientos con periodo de generación superior a dos años, se reduce el porcentaje del 40% al 30%.

Rendimientos  del capital mobiliario

  •  Desde el 1 de enero de 2015, queda suprimida la exención de 1.500€ anuales para dividendos.
  •  Modificaciones para tributar por Seguros de Vida ahorro muy importantes.
  •  Reducción de 10 a 5 años para estar exentos los rendimientos obtenidos por algunos tipos de Seguros de Ahorro.
  •  *Compensación fiscal. Desaparece la compensación fiscal para contratos de Seguro suscritos antes del 20 de enero de 2006.

Rendimientos de actividades económicas

  •  Modificaciones, en cuanto a los gastos de Mutualidades profesionales, la amortización acelerada de los contratos de arrendamiento financiero.
  •  Se simplifican las tablas de amortización y hay cambios en la aplicación de la libertad de amortización. Se modifican los gastos de difícil justificación en Estimación directa simplificada.
  •  Cambios importantes en los límites para poder aplicar la Estimación Objetiva (Módulos), desapareciendo muchas actividades y reduciendo el límite de ventas y compras máximas.

Ganancias o pérdidas patrimoniales

  •  No existe ganancia patrimonial por la reinversión en renta vitalicia del importe obtenido por la venta de elementos patrimoniales de cualquier tipo por contribuyentes mayores de 65 años.
  •  Se suprimen los coeficientes de actualización del valor de adquisición en la transmisión de inmuebles.
  •  Se mantienen los coeficientes de abatimiento, derivadas de elementos patrimoniales adquiridos antes de 1994, pero con unos límites.
  •  Se aclara que la imputación de las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas se declaran  EN EL AÑO EN QUE SE COBRAN.
  •  Cambios en la tributación de las ganancias derivadas por cambio de residencia, o del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español.
  •  Todas las pérdidas y ganancias patrimoniales, sea cual fuere el periodo de generación, están consideradas como renta del Ahorro.  La compensación de los rendimientos negativos ha sufrido importantes modificaciones.

Reducciones en la base imponible

  •  Bajan los importes máximos para la aportación a Planes de Pensiones o Planes de Previsión asegurados. Los límites para este año 2015, son de 8.000€ para todas los contribuyentes independientes de su edad y de 2.500 para los cónyuges con ingresos inferiores a 8.000 € anuales.
  •  Cambios en los importes del minino personal y familiar para personas de 65 o 75 años, tanto como contribuyentes, como por ascendientes.

 

Escalas y tipos de gravamen estatal

Base liquidable hasta

Cuota íntegra

Resto base liquidable

Tipo aplicable

0,00 €

0,00 €

12.450,00 €

9,5%

12.450,00 €

1.182,75 €

7.750,00 €

12%

20.200,00 €

2.112,75 €

13.800,00 €

15%

34.000,00 €

4.182,75 €

26.000,00 €

18,5%

60.000,00 €

8.992,75 €

En adelante

22,5%

 

Escalas y tipos de gravamen autonómico (La Rioja)

Base liquidable hasta

Cuota íntegra

Resto base liquidable

Tipo aplicable

0,00 €

0,00 €

12.450,00 €

9,5%

12.450,00 €

1.182,75 €

7.750,00 €

12,5%

20.200,00 €

2.151,50 €

13.800,00 €

15,5%

34.000,00 €

4.290,50 €

26.000,00 €

19,5%

60.000,00 €

9.360,50 €

En adelante

23,5%

 

Base liquidable del ahorro (estatal)

Base liquidable del ahorro hasta

Incremento en la cuota íntegra estatal

Resto base liquidable del ahorro hasta

Tipo aplicable

0,00 €

0,00 €

6.000,00 €

9,5%

6.000,00 €

570,00 €

44.000,00 €

10,5%

50.000,00 €

5.190,00 €

En adelante

11,5%

 

Base liquidable del ahorro (autonómico)

Base liquidable del ahorro hasta

Incremento en la cuota íntegra estatal

Resto base liquidable del ahorro hasta

Tipo aplicable

0,00 €

0,00 €

6.000,00 €

10%

6.000,00 €

600,00 €

44.000,00 €

11%

50.000,00 €

5.440,00 €

En adelante

12%

Deducciones

  • Se aplicarán algunas deducciones por incentivos a la inversión empresarial de la Ley del Impuesto de Sociedades, como la deducción por creación de empleo de trabajadores minusválidos.
  •  Deducción por la inversión, de parte de los beneficios del año 2014, en la adquisición de activos fijos nuevos.
  •  Aumento del porcentaje a deducir por Donativos a ciertas entidades.
  •  Desaparece la deducción por cuenta ahorro-Empresa.
  •  Se suprime la deducción por alquiler de vivienda, para todos aquellos contratos suscritos con anterioridad al 1 de enero de 2015
  •  Nuevas deducciones familiares para ascendientes o descendientes con incapacidad y familia numerosa.
  •  Se mantienen las deducciones autonómicas.

Declaración Patrimonio

  •  Se mantienen los obligados a declarar y los mínimos exentos

 

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