
Principales novedades para la declaración de la renta 2015
Obligados a presentar declaración Renta
Todos aquellos contribuyentes que hayan superado en el año 2015 alguno de los siguientes rendimientos:
- Rendimientos del trabajo igual o superiores a 22.000€ anuales.
- Rendimientos del trabajo igual a superior a 12.000€ anuales, cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restante pagador superen en su conjunto la cantidad de 1.500€ anuales.
- Rendimientos íntegros del capital mobiliario superiores a 1.600€ anuales.
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro o subvenciones por un importe superior a 1.000€ anuales.
Exenciones
Están exentas de tributación los siguientes rendimientos:
- Becas de Estudio e investigación.
- Planes de Ahorro a largo Plazo (SIALP).
- Prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad por aportaciones a los sistemas de previsión social.
- Renta mínima de inserción o análogas.
- Ayuda victimas delitos violentos .
- Dividendos: se suprime la exención de 1.500€ anuales para dividendos.
Reducción de tramos y tipos
- El número tramos para el cálculo del importe a pagar en el IRPF se han reducido de 7 a 5. El tipo mínimo a aplicar en La Rioja es del 19% y el máximo del 46%, para los rendimientos que excedan de 60.000€.
- El tipo ha bajado considerablemente en este Ejercicio, aunque de manera desigual, por lo general, baja más en las rentas inferiores a 20.000€, y por encima de los 120.000€ y afecta menos a las rentas medias, entre 20.000 € y 33.000€.
Rendimientos del trabajo
- Los rendimientos que tengan un periodo de generación superior a dos años se reducen del 40% al 30%.
- Gastos deducibles: Desaparece la reducción general de 2.652€. Se aprueba un gasto deducible de 2.000 € con carácter general, que aumenta a 5.700€ para sueldos inferiores a 11.450€.
- Se mantiene la exención por despido o cese del trabajador, siempre y cuando no superen las cantidades máximas para cada tipo de despido, hasta un límite de 180.000€.
Rendimientos del capital inmobiliario
- Desaparece la reducción del 100% que se aplicaba sobre los ingresos de alquiler de vivienda cuando el arrendatario tenía entre 18 y 30 años. Se mantiene la reducción del 60% sobre los rendimientos netos para todos los casos.
- Reducción por rendimientos con periodo de generación superior a dos años, se reduce el porcentaje del 40% al 30%.
Rendimientos del capital mobiliario
- Desde el 1 de enero de 2015, queda suprimida la exención de 1.500€ anuales para dividendos.
- Modificaciones para tributar por Seguros de Vida ahorro muy importantes.
- Reducción de 10 a 5 años para estar exentos los rendimientos obtenidos por algunos tipos de Seguros de Ahorro.
- *Compensación fiscal. Desaparece la compensación fiscal para contratos de Seguro suscritos antes del 20 de enero de 2006.
Rendimientos de actividades económicas
- Modificaciones, en cuanto a los gastos de Mutualidades profesionales, la amortización acelerada de los contratos de arrendamiento financiero.
- Se simplifican las tablas de amortización y hay cambios en la aplicación de la libertad de amortización. Se modifican los gastos de difícil justificación en Estimación directa simplificada.
- Cambios importantes en los límites para poder aplicar la Estimación Objetiva (Módulos), desapareciendo muchas actividades y reduciendo el límite de ventas y compras máximas.
Ganancias o pérdidas patrimoniales
- No existe ganancia patrimonial por la reinversión en renta vitalicia del importe obtenido por la venta de elementos patrimoniales de cualquier tipo por contribuyentes mayores de 65 años.
- Se suprimen los coeficientes de actualización del valor de adquisición en la transmisión de inmuebles.
- Se mantienen los coeficientes de abatimiento, derivadas de elementos patrimoniales adquiridos antes de 1994, pero con unos límites.
- Se aclara que la imputación de las ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas se declaran EN EL AÑO EN QUE SE COBRAN.
- Cambios en la tributación de las ganancias derivadas por cambio de residencia, o del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español.
- Todas las pérdidas y ganancias patrimoniales, sea cual fuere el periodo de generación, están consideradas como renta del Ahorro. La compensación de los rendimientos negativos ha sufrido importantes modificaciones.
Reducciones en la base imponible
- Bajan los importes máximos para la aportación a Planes de Pensiones o Planes de Previsión asegurados. Los límites para este año 2015, son de 8.000€ para todas los contribuyentes independientes de su edad y de 2.500 para los cónyuges con ingresos inferiores a 8.000 € anuales.
- Cambios en los importes del minino personal y familiar para personas de 65 o 75 años, tanto como contribuyentes, como por ascendientes.
Escalas y tipos de gravamen estatal
|
Base liquidable hasta |
Cuota íntegra |
Resto base liquidable |
Tipo aplicable |
|---|---|---|---|
|
0,00 € |
0,00 € |
12.450,00 € |
9,5% |
|
12.450,00 € |
1.182,75 € |
7.750,00 € |
12% |
|
20.200,00 € |
2.112,75 € |
13.800,00 € |
15% |
|
34.000,00 € |
4.182,75 € |
26.000,00 € |
18,5% |
|
60.000,00 € |
8.992,75 € |
En adelante |
22,5% |
Escalas y tipos de gravamen autonómico (La Rioja)
|
Base liquidable hasta |
Cuota íntegra |
Resto base liquidable |
Tipo aplicable |
|---|---|---|---|
|
0,00 € |
0,00 € |
12.450,00 € |
9,5% |
|
12.450,00 € |
1.182,75 € |
7.750,00 € |
12,5% |
|
20.200,00 € |
2.151,50 € |
13.800,00 € |
15,5% |
|
34.000,00 € |
4.290,50 € |
26.000,00 € |
19,5% |
|
60.000,00 € |
9.360,50 € |
En adelante |
23,5% |
Base liquidable del ahorro (estatal)
|
Base liquidable del ahorro hasta |
Incremento en la cuota íntegra estatal |
Resto base liquidable del ahorro hasta |
Tipo aplicable |
|---|---|---|---|
|
0,00 € |
0,00 € |
6.000,00 € |
9,5% |
|
6.000,00 € |
570,00 € |
44.000,00 € |
10,5% |
|
50.000,00 € |
5.190,00 € |
En adelante |
11,5% |
Base liquidable del ahorro (autonómico)
|
Base liquidable del ahorro hasta |
Incremento en la cuota íntegra estatal |
Resto base liquidable del ahorro hasta |
Tipo aplicable |
|---|---|---|---|
|
0,00 € |
0,00 € |
6.000,00 € |
10% |
|
6.000,00 € |
600,00 € |
44.000,00 € |
11% |
|
50.000,00 € |
5.440,00 € |
En adelante |
12% |
Deducciones
- Se aplicarán algunas deducciones por incentivos a la inversión empresarial de la Ley del Impuesto de Sociedades, como la deducción por creación de empleo de trabajadores minusválidos.
- Deducción por la inversión, de parte de los beneficios del año 2014, en la adquisición de activos fijos nuevos.
- Aumento del porcentaje a deducir por Donativos a ciertas entidades.
- Desaparece la deducción por cuenta ahorro-Empresa.
- Se suprime la deducción por alquiler de vivienda, para todos aquellos contratos suscritos con anterioridad al 1 de enero de 2015
- Nuevas deducciones familiares para ascendientes o descendientes con incapacidad y familia numerosa.
- Se mantienen las deducciones autonómicas.
Declaración Patrimonio
- Se mantienen los obligados a declarar y los mínimos exentos


