REGISTRO DE HORAS PARA CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

7 Febrero 2017
Jorge

El área de Recursos Humanos y Laboral de Anguiano Blanco Asesores SL ha constatado que, por parte de la Inspección de Trabajo se ha iniciado una campaña a nivel nacional, para controlar los tiempos de las jornadas de trabajo, especialmente a los trabajadores a tiempo parcial y quienes realicen horas extraordinarias.

Como novedad en estas actuaciones figura la vigilancia también del registro de jornadas a tiempo completo que hasta el momento no eran obligatorias.

El empresario debe cumplir, por ley, con las siguientes obligaciones.

- HOJAS DE REGISTRO DIARIO: No hay modelo oficial, pero el documento debe contener los siguientes datos:

- Identificación de la empresa.

- Identificación del trabajador.

- Detalle de las horas laborales, ordinarias y complementarias, realizadas y desglosadas por día efectivo de trabajo.

- Firma del trabajador.

- Copia a cada trabajador y la empresa conservara copia al menos durante 4 años.
 

- HORAS EXTRAORDINARIAS: Las empresas que realicen horas extraordinarias deberán registrar las mismas, día a día, en computo mensual, entregando copia del documento de registro al trabajador, junto con el recibo de salarios.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por falta en el registro de contrato del trabajador contratado a jornada parcial se presumirá automáticamente a jornada completa. Y se impondrá una sanción económica.

 

Desde Anguiano Blanco Asesores SL ponemos a su disposición plantillas de registro personalizadas de jornada de trabajo a tiempo parcial y completo, y así evitar las sanciones derivadas de no llevar correctamente esta vigilancia.

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